Vodafone da (¬¬) moviles GRATIIS [EDITADO]

Unido
abril 21, 2008
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En la sede de la WWE
He llamado, y me han dicho que hay demora XDXDXDXD Ojala lo envíen a todos los que lo pedimos ayer XD (Un ejemplar por cada DNI. No 2 o mas)
Un Saludo, y gracias al creador de este Hilo, que gracias a el, tendre un movil nuevo, de prepago y gratis XD
 
Unido
junio 1, 2008
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Ducati Motor Holding S.p.A. Via Cavalieri Ducati,
De todas formas, la publicidad es vincuante, la confirmacion es contractual, y sobre lo de pedir varios no especifica nada en contra (tengo mucha familia, y sini simplemente error de ellos por tener que recargar la pagina por mal funcionamiento..).
Si se quieren hacer los locos, deberiamos unirnos en una plataforma para hacer una reclamacion a la FACUA y que nos proporcionen el producto que ellos mismos han confirmado que recibiriamos, en las condiciones que ofrecian.
De nada sirve el que sea un error o gaitas francesas, pero si nos quejamos de uno en uno no nos haran caso, pero si ponemos entre 50 una denuncia en facua, ahi ya poco pueden hacer.
Si os parece, hago la plataforma, abro un post especifico y os voy apuntando a los que lo pedisteis para saber cuantos somos y vamos recabando toda la informacion que podamos.
Decidlo aqui, o por MP.
 
Unido
octubre 19, 2007
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enmedio el mar
De todas formas, la publicidad es vincuante, la confirmacion es contractual, y sobre lo de pedir varios no especifica nada en contra (tengo mucha familia, y sini simplemente error de ellos por tener que recargar la pagina por mal funcionamiento..).
Si se quieren hacer los locos, deberiamos unirnos en una plataforma para hacer una reclamacion a la FACUA y que nos proporcionen el producto que ellos mismos han confirmado que recibiriamos, en las condiciones que ofrecian.
De nada sirve el que sea un error o gaitas francesas, pero si nos quejamos de uno en uno no nos haran caso, pero si ponemos entre 50 una denuncia en facua, ahi ya poco pueden hacer.
Si os parece, hago la plataforma, abro un post especifico y os voy apuntando a los que lo pedisteis para saber cuantos somos y vamos recabando toda la informacion que podamos.
Decidlo aqui, o por MP.
Yo pedi 3,y mirando el estado del pedido en la pagina de VF solo tengo uno pendiente de envio,los otros dos aun no estan confirmados y dan el numero de telefono para preguntar.Aunque si me llega uno me doy con un canto en los dientes si tengo 3 confirmados los quiero,vamos a ver que dicen estos de vodafone para no pagar,xD
 
Unido
junio 23, 2008
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El movil ese lo tengo yo y no vale para nada.. por eso mismo lo regalan xd, pero aun asi joder, por malo que sea es un movil.. yo no lo pedi porque para que queria dos iguales..
 
Unido
febrero 9, 2007
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Albacete
De todas formas, la publicidad es vincuante, la confirmacion es contractual, y sobre lo de pedir varios no especifica nada en contra (tengo mucha familia, y sini simplemente error de ellos por tener que recargar la pagina por mal funcionamiento..).
Si se quieren hacer los locos, deberiamos unirnos en una plataforma para hacer una reclamacion a la FACUA y que nos proporcionen el producto que ellos mismos han confirmado que recibiriamos, en las condiciones que ofrecian.
De nada sirve el que sea un error o gaitas francesas, pero si nos quejamos de uno en uno no nos haran caso, pero si ponemos entre 50 una denuncia en facua, ahi ya poco pueden hacer.
Si os parece, hago la plataforma, abro un post especifico y os voy apuntando a los que lo pedisteis para saber cuantos somos y vamos recabando toda la informacion que podamos.
Decidlo aqui, o por MP.
me apunto xD
 
Unido
junio 13, 2008
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oye a quien le llegue que lo diga en el hilo asi sabremos si pueden llegarnos o no...jejej,una cosa yo lo pedi el viernes por la noche serian las 2 de la mañana asi..y todavia no me a llegado el correo..tiene algo que ver para que me llegue el movil o aun si no me llega el correo me llegara el movil?xDD bueno un saludo a todos!!:D
 
Unido
febrero 22, 2008
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!!!AVISO IMPORTANTE!!!
He ido a la página de VODAFONE he mirado el estado de mi pedido y me los HAN CANCELADO!!!

Estos se han dado cuenta...HE PODIDO SOÑAR DURANTE UN RATO...XD...ADIOS LG
 
Unido
junio 1, 2008
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Ducati Motor Holding S.p.A. Via Cavalieri Ducati,
Mirad:


http://www.mediavida.com/vertema.php?fid=83&tid=333869




[Caso LG KU380] Reclamación masiva a VF
Haced todo con plena consciencia de que es una reclamación legal, y es un asunto SERIO, sed responsables y no hagáis cosas a lo tonto, nos perjudicaría a todos.

(Copia y pega de los hilos similares de EOL, GSMspain y FC)

http://www.freeimagehosting.net/uploads/e19d0b4fc9.jpg

Consideraciones
- Vodafone está cancelando pedidos, en mayor o menor medida, parcial o totalmente, saltandose la ley y sus propias condiciones. Es por ello que se reclama.
- No se permitirá ningún tipo de descalificación contra la empresa. Las críticas, mejor moderadas y en el hilo principal donde se trata el asunto.
- Este hilo es meramente informativo para tratar la reclamación y su desenlace. Es un hilo público y no hay motivos para que sea de uso restringido.
- Si alguien lo desea puede crear otro hilo para listar a todos los reclamantes. No llenéis este hilo de post de ese tipo ya que dificultan su lectura.
- Este hilo puede copiar y pegarse en aquellos foros donde hayan trado el problema y sea de interés. De momento se encuentra en Forocoches.com, elotrolado.net y GSMSpain.com:



Información general

Cualquier ley que necesites está en el Instituto Nacional de Consumo
http://www.consumo-inc.es/GuiaCons/codigoCom.htm

Datos del registro mercantil de Vodafone España
Vodafone España, S.A es una sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo 8.156, Sección 8, Hoja 131.612, Folio 61, Inscripción 1º)
NIF: A-80907397,
Sede social: Avenida de Europa 1, Parque Empresarial La Moraleja, 28108 Alcobendas - Madrid

Datos del dominio Vodafone.es
https://www.nic.es/esnic/esn/verifi...8CEC.esnic_appl1

Condiciones generales de Vodafone
http://www.vodafone.es/conocenos/vf...egal/requisitos/

Condiciones Generales de Venta en la tienda online VF
http://tienda.vodafone.es/comprar/condiciones.jsp

Vodafone está asociada a los procedimientos de Confianza Online (FECEMD, AECEM-FECEMD)
http://www.aecem.org/detalle_contenido.html?ver_id=333




Reclama online a través de Confianza Online al Instituto Nacional de Consumo y a
Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información

Usa este formulario: http://www.confianzaonline.org/recl...formulario01.php

1. Hay que rellenar los datos personales y los de la empresa a reclamar

Vodafone España
NIF: A-80907397
Avenida de Europa 1
Parque Empresarial La Moraleja
28108 Alcobendas - Madrid

2. Adjuntad capturas de la web o email de confirmación con vuestro número de pedido. Es necesario adjuntar el DNI escaneado como si fuera una imagen (si teneis cámara digital con una foto de cerca -modo macro- vale).

3. Seleccionad todo lo que incumplen (a gusto del cliente)

4. Escribid los hechos, podeis usar esta reclamación de muestra y cambiar los datos. Se pueden adjuntar todas las leyes que son de aplicación en la casilla de "el reclamante solita":

Hechos en los que basa la reclamación y motivación

4. Hechos en los que basa la reclamación y motivación*

- Con fecha 22/08/2008 realizo los pedidos número XXX, YYY, ZZZ en la tienda online de Vodafone.es, consistentes cada uno en una tarjeta prepago Vodafone y una unidad del teléfono móvil LG KU380 para uso exclusivo con dicha companía.
- Vodafone informa en su web y confirma telefónicamente de que se trata de una promoción para atraer clientes y subvenciona el teléfono a un precio de 0€, donde el cliente consume dinero en llamadas a través de la tarjeta y las consiguientes recargas que ello supone.
- Vodafone condiciona un límite de 3 unidades por DNI y un plazo de entrega de 8 días hábiles.
- El producto se encuentra en stock y el pedido es confirmado al momento, tanto en la web como por email.
- A las pocas horas compruebo en el seguimiento de pedidos de la web como su estado es de "Pendiente de Envio"
- Pasados dos días compruebo que el estado de los pedidos ha cambiado a "Cancelado" sin previo aviso o intervencción por mi parte, consecuencia de la ruputura ilegal e unilateral por parte de Vodafone de los contratos entre ausentes ya perfeccionados.
- Contacto con anteción al cliente y me cofirman que no enviarán los pedidos, sin aportar ninguna justificación ni solución.

5. En consecuencia, el reclamante solicita que*

- Vodafone cumpla los contratos y me entregue todos y cada uno de los pedidos en el plazo indicado de 8 días hábiles.
- Si Vodafone ya no dispone de ese producto por un control de stock negligente, me proporcione otro de iguales o superiores características.
- En ningún caso se acepte cualquier tipo de excusa por parte de Vodafone acerca de la ruptura unilateral de los contratos, algo ilegal e injustificable.
- En caso de la negativa de Vodafone a cumplir con sus obligaciones legales, directamente y sin dilación se remita una reclamación conjunta de todos los afectados reclamantes (varios cientos) y en la que se me incluya por duplicado a la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información y al Instituto Nacional de Consumo, con solicitud de apertura de expediente sancionador para Vodafone.

+ Adjunto las leyes que son de aplicación

CÓDIGO DE COMERCIO

Artículo 54 (Artículo 1262 del Código Civil): «El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Hallándose en lugares distintos el que hizo la oferta y el que la aceptó, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptación o desde que, habiéndosela remitido el aceptante, no pueda ignorarla sin faltar a la buena fe. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta. En los contratos celebrados mediante dispositivos automáticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación»

CÓDIGO CIVIL

Artículo 1254: El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.

Artículo 1256: La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

Artículo 1258: Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley.

Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico
http://www.consumo-inc.es/GuiaCons/.../Ley_34_2002.htm

TITULO I - CAPITULO II
2. Prestadores de servicios establecidos en España.

1. Esta Ley será de aplicación a los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España y a los servicios prestados por ellos.
Se entenderá que un prestador de servicios está establecido en España cuando su residencia o domicilio social se encuentren en territorio español, siempre que éstos coincidan con el lugar en que esté efectivamente centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios. En otro caso, se atenderá al lugar en que se realice dicha gestión o dirección.
2. Asimismo, esta Ley será de aplicación a los servicios de la sociedad de la información que los prestadores residentes o domiciliados en otro Estado ofrezcan a través de un establecimiento permanente situado en España.
Se considerará que un prestador opera mediante un establecimiento permanente situado en territorio español cuando disponga en el mismo, de forma continuada o habitual, de instalaciones o lugares de trabajo, en los que realice toda o parte de su actividad.
3. A los efectos previstos en este artículo, se presumirá que el prestador de servicios está establecido en España cuando el prestador o alguna de sus sucursales se haya inscrito en el Registro Mercantil o en otro registro público español en el que fuera necesaria la inscripción para la adquisición de personalidad jurídica.
La utilización de medios tecnológicos situados en España, para la prestación o el acceso al servicio, no servirá como criterio para determinar, por sí solo, el establecimiento en España del prestador.
4. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información establecidos en España estarán sujetos a las demás disposiciones del ordenamiento jurídico español que les sean de aplicación, en función de la actividad que desarrollen, con independencia de la utilización de medios electrónicos para su realización.

TÍTULO IV - Contratación por vía electrónica

29. Lugar de celebración del contrato.
Los contratos celebrados por vía electrónica en los que intervenga como parte un consumidor se presumirán celebrados en el lugar en que éste tenga su residencia habitual.

Ley general para la defensa consumidores y usuarios
http://consumo-inc.es/guiacons/inte...684/Ley26-84.htm

Artículo 9.
La utilización de concursos, sorteos, regalos, vales premio o similares, como métodos vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios será objeto de regulación específica, fijando los casos, forma, garantías y efectos correspondientes.

Artículo 8
1. La oferta, promoción y publicidad de los productos, actividades o servicios, se ajustarán a su naturaleza, características, condiciones, utilidad o finalidad, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones sobre publicidad y de acuerdo con el principio de conformidad con el contrato regulado en su legislación específica. Su contenido, las prestaciones propias de cada producto o servicio y las condiciones y garantías ofrecidas, serán exigibles por los consumidores y usuarios, aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, si el contrato celebrado contuviese cláusulas más beneficiosas, éstas prevalecerán sobre el contenido de la oferta, promoción o publicidad.
3. La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de productos, actividades y servicios será perseguida y sancionada como fraude. Las asociaciones de consumidores estarán legitimadas para iniciar e intervenir en los procedimientos legalmente habilitados para hacerlas cesar.

Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
http://www.consumo-inc.es/GuiaCons/leyes/RDL_1_2007.htm

Artículo 103. Ejecución y pago.
Salvo que las partes hayan acordado otra cosa, el empresario deberá ejecutar el pedido a más tardar en el plazo de 30 días a partir del día siguiente a aquel en que el consumidor y usuario haya prestado su consentimiento para contratar.

Artículo 104. Falta de ejecución del contrato.
En caso de no ejecución del contrato por parte del empresario por no encontrarse disponible el bien o servicio contratado, el consumidor y usuario deberá ser informado de esta falta de disponibilidad y deberá poder recuperar cuanto antes, y en cualquier caso en un plazo de 30 días como máximo, las sumas que haya abonado.

En el supuesto de que el empresario no realice este abono en el plazo señalado, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad.

Artículo 105. Sustitución del bien o servicio contratado.
De no hallarse disponible el bien o servicio contratado, cuando el consumidor y usuario hubiera sido informado expresamente de tal posibilidad, el empresario podrá suministrar sin aumento de precio un bien o servicio de características similares que tenga la misma o superior calidad.

En este caso, el consumidor y usuario podrá ejercer sus derechos de desistimiento y resolución en los mismos términos que si se tratara del bien o servicio inicialmente requerido, sin que le sean exigibles los costes directos de devolución.

LEY 34/1988, DE 11 NOVIEMBRE, GENERAL DE PUBLICIDAD

4.Es engañosa la publicidad que de cualquier manera, incluida su presentación, induce o puede inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico, o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor.
Es asimismo engañosa la publicidad que silencie datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios cuando dicha omisión induzca a error de los destinatarios.

Argumentación jurídica extraída de una resolución del Jurado de la Publicidad (Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial)
http://www.autocontrol.es/

"Son ya muchos los pronunciamientos del Jurado sobre la adecuación deontológica de cláusulas del tipo salvo error tipográfico. Se pueden encontrar a su vez resoluciones judiciales coincidentes en lo sustancial con lo dictaminado por el Jurado, como la dictada el 26 de noviembre de 1998 por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 deMadrid, que declaró ilícitas las expresiones "precios válidos salvo error tipográfico así como información válida salvo error tipográfico. Con la utilización de esta clase de expresiones se produce un claro abuso de la buena fe de los consumidores. Primeramente,las consecuencias de la posible existencia de un error tipográfico han de ser soportadas por el anunciante, a cuya negligencia se deben, sin que quepa que éste las traslade al consumidor. Por otro lado, con la expresión cuestionada el oferente limita unilateralmente el alcance de la oferta que realiza, quedando facultado para desvincularse de la misma. Con la inclusión de la citada cláusula se está haciendo depender la obtención del producto en las condiciones anunciadas no de la intención de compra del consumidor, sino de la inexistencia de un error tipográfico, extremo que únicamente está en disposición de conocer, y por tanto de poder alegar, el anunciante, pero no el consumidor. Por lo tanto, la delimitación del alcance real de la oferta queda al arbitrio de la empresa responsable de la publicidad que, llegado elcaso, podría dejarla sin efecto, al completo, o en alguna de sus partes. Esta posibilidad constituye un claro abuso de la buena fe delos consumidores, contrariando lo dispuesto en la Norma 4 del Código de Conducta Publicitaria: La publicidad no deberá constituir nunca un medio para abusar de la buena fe del consumidor.

+ Hilos similares en otros foros

http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=1013468

http://www.elotrolado.net/hilo_recl...g-ku380_1080783

http://www.gsmspain.com/foros/h6694...ne-LG-KU380.html


+ Foto de la promo (de RaymaN)

http://www.mediavida.com//imagenes/...ago_gratis_0.jpg



http://s2.subirimagenes.com/imagen/...2vodafowned2.png


Se ha creado un blog para los afectados por este caso, aqui tenéis la dirección

http://afectados-lg-ku380.blogspot.com/
 
Unido
agosto 14, 2008
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Solo os digo que los que tengais 3 o menos y os lo han cancelado, NI SE OS OCURRA QUEDAROS SIN RECLAMAR, si tenéis la factura que te mandan eso es como un contrato y se les puede caer el culo, reclamar no seáis tontos.
 
Unido
octubre 19, 2007
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Ya he mandado el mail a vodafone solicitando mis telefonos que han cancelado(2 de 3 pedidos)espero a ver la respuesta para denunciarles ante consumo.
La verdad que no me hacen falta ninguno de los que pedi pero ahora por cabrones voy a fastidiar todo lo que pueda hasta que me los envien xD
 
Unido
noviembre 16, 2006
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Dejarlo porque no tenis nada que rascar, se sabe que ha sido un error informático y hay una ley que les defiende basándose en una fuerza mayor.
Digo esto porque hace poco tiempo paso algo similar en PIXMANIA vendían unos discos duros multimedia a 18 euros cuando el valor real era casi 500 euros, yo me pedí 2 los pague con la VISA, algunos lo pidieron a contra rembolso pero al final se descubrió el pastel fue un error de 2 horas de la web y automáticamente se fueron cancelando todos los pedidos que ya estaban confirmados mediante un correo pidiendo disculpas por las molestias y lógicamente devolviendo el dinero del pedido. Pero la gente no contenta con esto decidió denunciar poniendo reclamaciones en oficina del consumidor y demás entidades de lo mismo y al final para nada porque la ley dio la razón a PIXMANIA.
Así que halla vosotros yo solo cuanto una experiencia similar.
 
Unido
agosto 14, 2008
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Dejarlo porque no tenis nada que rascar, se sabe que ha sido un error informático y hay una ley que les defiende basándose en una fuerza mayor.
Digo esto porque hace poco tiempo paso algo similar en PIXMANIA vendían unos discos duros multimedia a 18 euros cuando el valor real era casi 500 euros, yo me pedí 2 los pague con la VISA, algunos lo pidieron a contra rembolso pero al final se descubrió el pastel fue un error de 2 horas de la web y automáticamente se fueron cancelando todos los pedidos que ya estaban confirmados mediante un correo pidiendo disculpas por las molestias y lógicamente devolviendo el dinero del pedido. Pero la gente no contenta con esto decidió denunciar poniendo reclamaciones en oficina del consumidor y demás entidades de lo mismo y al final para nada porque la ley dio la razón a PIXMANIA.
Así que halla vosotros yo solo cuanto una experiencia similar.

Es que no es un error, primero dijeron que era una oferta y era un oferta por que un error no dura 4 días.

El caso es que mucha gente llamo y le dijeron que era una oferta que recibirían los móviles pero ahora como se han visto con muchos pedidos dicen que es un error y eso no puede ser por que hay conversaciones grabadas.

Pd : digo esto por que he seguido el tema en otros y foros, y yo no pedí ninguno.
 
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